Tener una vista del INPI puede generar muchos sentimientos menos alegrías. Pero es fundamental saber de qué se trata para poder actuar en consecuencia. En este texto, lo más destacado.
¿Qué hacer si tu registro recibió una Vista del INPI?
Si durante el proceso de trámite de registro de tu marca recibís una Vista del INPI, tenés que tener en cuenta ciertos puntos para actuar rapidamente.
En primer lugar, tendrás que revisar el plazo para contestarla. Lo cual deberás solucionarlo lo antes posible y responderla junto con el patrocinio de un agente de marcas matriculado ante el INPI. Aquí aparece PROMARCA para ayudarte, brindandote el servicio de asesoramiento legal y marcario.
Por otro lado, puede ocurrir que durante el trámite el INPI puede realizar observaciones por algún error o impedimento legal en la forma en que se solicitó el trámite de marca. Podrá ser en virtud de alguna de las palabras que componen la marca, o por el modo en que se pretende defender el producto o servicio.
Sin embargo, si particulamente se trata de una vista por la resolución INPI n° P-266/2012, y los artículos 4° y 9° del Anexo I a la Resolución INPI N° P-250/2018, tiene que ver exclusivamente con el modo en que se presentó el trámite, y la forma de pago del Vep Realizado.
En este caso concreto, el INPI exige que la clave fiscal utilizada por quien presentó la marca, sea la misma que la del titular consignado en el formulario de presentación.
Para solucionar esta problema, tendremos que realizar una presentación legal con el objetivo de subsanar el error ocurrido en el trámite de registro de marca. Es fundamental evitar que venza el plazo para responder a la vista emitida y así poder prevenir una posible resolución que declare la nulidad del trámite.
En casos como este, es recomendable (y cuasi obligatorio para triunfar) buscar asesoría con un experto en propiedad industrial para actuar con la mayor prontitud y eficacia posible.
Respuesta de una Vista de un Registro de Trámite del INPI
Para aclarar un poco más lo relacionado a recibir una vista del INPI, puede ser bueno citar el siguiente caso.
- Respuesta de vista por la resolución INPI del caso antes mencionado:
“…habiéndose constatado que la Clave Fiscal utilizada por el presentarte on line no corresponde al titular de la solicitud ni a quien aparece como representante, SE DEBERÁ manifestar y acreditar en que carácter actuó a la fecha del ingreso de la solicitud a través del Portal Web, y presentar la documentación acreditante, según corresponda, bajo apercibimiento de declarar la nulidad del trámite para registrar una marca”.
Una consulta, un click
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PROMARCA cuenta con casi dos décadas de trayectoria y profesionales matriculados INPI especializados en propiedad industrial, dispuestos a acompañar a quienes deseen dar un paso más en sus negocios y adquirir un registro de marca con servicios de gran utilidad y valor agregado.
Nuestros servicios incluyen el asesoramiento previo a la solicitud de marca de manera global. Investigando antecedentes y chequeos de viabilidad como así también todo lo relacionado al desarrollo y acompañamiento del trámite.