El Decreto Nº 206/01 establece restricciones significativas en la comercialización de productos agropecuarios bajo las denominaciones de ecológico, biológico u orgánico, sin la certificación previa del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). Esta normativa ha llevado al Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) a rechazar varias solicitudes de marcas que incluyen los prefijos o sufijos «BIO» y «ECO» para productos como papelería, alimentos y bebidas.
Contexto y Regulaciones del Decreto Nº 206/01
El artículo 10 del Decreto prohíbe el uso de términos como «biológico», «ecológico», «orgánico», «eco» o «bio» en marcas relacionadas con productos agropecuarios, incluyendo alimentos, fibras, maderas, muebles y papel. Sin embargo, esta restricción no afecta a las marcas registradas antes de la promulgación de la Ley Nº 25.127, el 8 de septiembre de 1999. Aunque la ley original no menciona específicamente las marcas, el Decreto busca proteger a los consumidores mediante una regulación más estricta.
Impacto en el Registro de Marcas
El Decreto podría exceder su ámbito al interferir con derechos adquiridos bajo la Ley de Marcas Nº 22.362, estableciendo prohibiciones no contempladas en la ley original. Esto genera incoherencias, ya que marcas como BIOMAGIC, BIODEN, BIONICO, y ECOTECH, que están registradas, podrían verse afectadas sin justificación clara.
Excepciones y Derechos Adquiridos
El INPI ha objetado varias solicitudes de marcas con «BIO» y «ECO» para diferentes productos. No obstante, aún no está claro a qué otras categorías se aplicará el Decreto. Sería ideal que el INPI adoptara una interpretación más restrictiva, permitiendo, por ejemplo, marcas donde «BIO» o «ECO» formen parte integral del nombre (como en «BIOFRESH») o permitiendo el registro si se renuncia a derechos exclusivos sobre dichas partículas.
Implicaciones para Empresas y Consumidores
Esta regulación tiene importantes implicaciones para las empresas que buscan posicionar sus productos como ecológicos o biológicos. Las restricciones pueden limitar la creatividad y la capacidad de las marcas para comunicar sus valores sostenibles a los consumidores.
Futuro de las Marcas con «Eco» y «Bio»
Habrá que esperar las decisiones definitivas del INPI al respecto. Mientras tanto, las empresas deben estar atentas a las actualizaciones normativas y considerar estrategias alternativas para el registro de sus marcas.
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