MARCAS EN ARGENTINA, LO ESENCIAL

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¿Qué tipos de signos pueden ser registrados como marcas en Argentina?

Es posible registrar los envases como marcas tridimensionales. Aunque no se encuentran contempladas por la Ley el INPI también acepta recientemente el registro de marcas sonoras (representadas en pentagrama) y próximamente, de marcas olfativas.

+ Palabras con o sin contenido conceptual

+ Dibujos, imágenes, emblemas, monogramas

+ Grabados, estampados, sellos

+ Combinaciones de colores que se apliquen en un

lugar determinado de los productos o de los envases

+ Letras y números y sus combinaciones

+ Envases

+ Frases publicitarias que sean originales

+ Combinaciones de los anteriores

¿Cuánto dura la protección de la marca?

La protección de la marca se concede por 10 años desde

la fecha de concesión, pudiéndose renovar indefinidamente por periodos de 10 años.

¿Cuánto tarda una marca en concederse?

Si no se producen ni Oposiciones ni Objeciones de oficio

del INPI la marca en Argentina tarda unos 08-14 meses en concederse.

En casos en los que se producen objeciones o vistas, el proceso puede prolongarse varios años. Se ha de tener en cuenta que en Argentina el INPI puede presentar no sólo Objeciones en base a motivos absolutos de prohibición, sino también objeciones en base a la similitud con una marca anterior, al contrario que en Europa, donde es únicamente el titular de cada marca el que puede oponerse a una solicitud de marca posterior que sea confundible.

¿Es posible registrar una marca para diversos productos y servicios?

El sistema de marcas argentino es un sistema monoclase, por lo que si los productos (o servicios) se encuentran comprendidos dentro de una misma clase bastará con un solo registro de marca. En caso contrario se deberá solicitar una marca por cada una de las clases que se quiera proteger.

Motivos de rechazo del registro de Marcas

La Ley de Marcas Argentina contiene previsiones relativas

a los signos que no pueden ser registrados como marcas:

+ Los nombres, palabras y signos que constituyen la designación habitual del producto o servicio a distinguir, o que sean descriptivos de su naturaleza, función, cualidades u otras características;

+ Los nombres, palabras, signos y frases publicitarias que sean de uso general; la forma necesaria delproducto; el color natural o intrínseco de los productos o un solo color aplicado sobre los mismos;

+ Una marca idéntica a una registrada o solicitada con anterioridad para distinguir los mismos productos o

servicios;

+ Las marcas similares a otras ya registradas o solicitadas para distinguir los mismos productos o servicios;

+ Las denominaciones de origen nacionales o extranjeras.

+ Las marcas que sean susceptibles de inducir a error respecto de la naturaleza, propiedades, mérito, calidad, técnicas de elaboración, función, origen, precio, u otras características de los productos o servicios a distinguir;

+ Las palabras, dibujos y demás signos contrarios a la moral y a las buenas costumbres;

+ Las letras, palabras, nombres, distintivos, símbolos, que sirvan para distinguir organizaciones e instituciones extranjeras y argentinas

+ El nombre, seudónimo o retrato de una persona, sin su consentimiento o el de sus herederos

+ Las frases publicitarias que carezcan de originalidad.

CONSEJOS

Antes de solicitar una marca, es muy recomendable comprobar que la marca que se pretende registrar no incurra en ninguna de las prohibiciones

anteriormente mencionadas.

En cualquier caso, es siempre recomendable contar con el asesoramiento de un experto en Propiedad Intelectual, si usted está interesado en saber si el

signo que pretende registrar cumple con los requisitos exigidos, o si quiere que alguno de nuestros expertos realice una búsqueda preliminar de marcas no dude en contactarnos.

Es gratuita, rápida y totalmente confidencial.

Procedimiento de Registro

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Solicitud de la marca

¿Qué información debo incluir en la solicitud de marca?

En la solicitud a presentar por cada interesado debe incluirse:

+ Su nombre

+ Su domicilio real

+ Un domicilio especial constituido en la Capital

Federal,

+ La descripción de la marca

+ y la indicación de los productos o servicios que se

van a distinguir con ella

¿Es obligatoria la representación mediante Agente de la Propiedad Intelectual u otro representante?

De acuerdo con la Ley de Marcas no existe obligación de designar un Agente de Propiedad Intelectual ni mandatario alguno. Sin embargo, la exigencia de que se constituya un domicilio especial en la Capital Federal (exigencia que también se hace extensiva a los nacionales argentinos) supone que, en la práctica, aquellas empresas que quieran registrar una marca en Argentina y no dispongan de domicilio en Argentina, tengan que designar un representante legal.

Con posterioridad a su presentación es aconsejable consultar el Boletín de Marcas en un plazo 60 días a los fines de corroborar si no se han efectuado observaciones formales a la solicitud de registro por parte del INPI en

miras a su subsanación y prosecución del trámite.

Cualquiera que sea la forma de presentación se debe saber que con ella no concluye el trámite. Se deberá controlar periódicamente tanto personalmente como por vía web respecto al estado de la solicitud hasta su finalización.

FASES DEL PROCESO DE REGISTRO

Las principales instancias para la obtención de la marca

pueden resumirse en:

+ Estudio de Admisión (dentro de los primeros 90 días)

el INPI realiza un estudio formal de la solicitud y documental presentada y comprueba si todos los datos,

los poderes, los aranceles abonados etc. cumplen con la normativa.

+ Publicación en el Boletín de Marcas. Durante este período se realiza la publicación en el Boletín de Marcas por parte del INPI sin coste alguno.

+ Fase de oposición: A partir de la publicación se dispone de 30 días naturales para presentar oposiciones

por parte de terceros que vean afectados sus derechos ante la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial.

+ Examen de fondo: Si no hay oposiciones o si habiéndolas se da la razón al solicitante, el INPI evaluará si se cumple con los requisitos de registrabilidad .

+ Registro. Finalmente la marca será registrada y se emitirá el titulo legal correspondiente, que tendrá una

duración de 10 años contados desde la fecha de su concesión.

Abogados – Agentes de la Propiedad Industrial

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